Claudio Agostini

Mejores pensiones y deuda previsional

Por: Claudio Agostini | Publicado: Lunes 18 de noviembre de 2013 a las 05:00 hrs.
  • T+
  • T-

Compartir

Claudio Agostini

Claudio Agostini

Claudio Agostini

Chile tiene un gran desafío en materia de pensiones producto de la mayor expectativa de vida que hoy tenemos. Hasta ahora las pensiones recibidas por la gran mayoría son muy bajas. El 2012 las AFP pagaron en promedio una pensión mensual de $178.700 y el IPS (las personas que no se cambiaron a AFP) una de $177.900. Tener una buena pensión requiere entre otras cosas haber ahorrado lo suficiente durante la vida laboral. Ello actualmente no ocurre por varias razones, las cuales deben ser atacadas a través de distintas políticas.

Una razón es que hay muchas personas con sueldos bajos, por lo cual aunque ahorren sistemáticamente su pensión va a ser baja igual. En esos casos, incluso con una tasa de reemplazo alta la pensión va a ser baja, por lo que hay un rol para el Estado a través del pago de pensiones mínimas, pero en el largo plazo la solución es aumentar la productividad laboral y que los salarios crezcan fuertemente.

Otra razón es la existencia de grandes lagunas previsionales. Hay trabajadores que no cotizan porque sus trabajos son informales, porque son independientes y prefieren no cotizar o porque han tenido muchos períodos de cesantía. A partir del 2015 será obligatorio cotizar para los independientes formales, lo cual soluciona uno de los problemas. La informalidad es más compleja de reducir y requiere múltiples medidas que van mucho más allá del sistema previsional.

Finalmente, hay lagunas previsionales que se generan porque hay empleadores que le descuentan a los trabajadores la cotización previsional pero no las pagan nunca o las pagan muy atrasadas y sin intereses. Este es un tema en el que se ha avanzado pero que debe abordarse en forma prioritaria en mi opinión. Desde 1982 la ley permite que un empleador declare pero no pague las cotizaciones previsionales de sus trabajadores, es decir, se las descuenta al trabajador de su sueldo pero no las paga a la AFP o al Instituto de Previsión Social. Dentro de los siguientes 6 meses el empleador debe pagar las cotizaciones declaradas y no pagadas, incluyendo reajustes e intereses. Si a los 6 meses aún no las paga, las AFP y el IPS están obligados a perseguir judicialmente la deuda. El uso reiterado de este Sistema de Declaración y no Pago ha llevado a que exista una deuda previsional de más de US$ 2 mil millones y alrededor de 900 mil juicios en tribunales para intentar recuperar la deuda (el año 2012 ingresaron 46.000 causas a tribunales por cobranza previsional).

La deuda previsional es una apropiación indebida por parte del empleador de dinero que es de los trabajadores. Los sueldos de los trabajadores no pueden usarse para financiar temporalmente las necesidades de caja de la empresa. Este es un préstamo involuntario de los trabajadores a la empresa y la evidencia es que muchas veces no se paga. En el caso en que la empresa quiebra los trabajadores no recuperan nunca sus cotizaciones.

Hay varias medidas posibles de implementar que pueden reducir drásticamente las lagunas que genera la deuda previsional. Lo primero es eliminar el mecanismo de Declaración y No Pago. Adicionalmente, es necesario subir la multa, que hoy es de 0,75UF por trabajador, por no declarar la cotización o declaración con errores. Esta multa debe ser proporcional al sueldo del trabajador y los meses no cotizados y, contrario a lo que pasa hoy, no debería ser de cargo fiscal, sino del trabajador.

Lo segundo es colocar los incentivos correctos exigiendo que los jueces traspasen las causas de deuda previsional a los juzgados de Garantía para que así se persiga el delito de “apropiación indebida”. Esto permite que los deudores sean formalizados y perseguidos penalmente, lo cual incentiva fuertemente el pago de la deuda porque si no hay cárcel.

Finalmente, con el objetivo de recuperar las cotizaciones no pagadas, se debe establecer el embargo automático como existe en Brasil desde el 2005. Esto permite que un juez dé la orden de embargo en forma electrónica a todo el sistema financiero y se embargue lo adeudado de cualquier institución financiera en la cual la empresa tenga recursos que permitan pagar la deuda.

Lo más leído